Confirmaron una condena de tres años y seis meses de prisión para un hombre que fue armado a la casa de su expareja

El Tribunal de Impugnación rechazó por unanimidad el recurso de la defensa y ratificó la sentencia contra un acusado que se presentara armado en el domicilio familiar tras sospechar que la mujer se encontraba con su hermano.

El episodio que derivó en la causa judicial se originó en el marco de un conflicto familiar, cuando el imputado se dirigió de manera intempestiva hacia una vivienda tras albergar sospechas de que su expareja mantenía un encuentro con su hermano. Ante la situación de tensión alertada a través de llamadas al servicio de emergencias 911, personal policial acudió con rapidez al lugar para contener el altercado y verificar las circunstancias en las instalaciones.

Durante la intervención en el sitio, los efectivos policiales interceptaron al sospechoso y procedieron a revisar el morral que llevaba consigo, hallando en su interior una pistola completamente cargada. Como el acusado carecía por completo de la autorización legal requerida para la portación de armas de fuego, el elemento fue inmediatamente secuestrado y sometido a las pericias técnicas correspondientes por parte de las autoridades competentes.

En el transcurso del proceso judicial, la defensa intentó sostener diversos planteos exculpatorios al argumentar que el implicado desconocía por completo que portaba el arma en su mochila, sugiriendo incluso la posibilidad de que otra persona la hubiera colocado allí. Sin embargo, el Tribunal de Impugnación integrado por tres magistrados desarticuló tales argumentos al recalcar que dichas hipótesis carecían de respaldo probatorio sólido capaz de generar una duda razonable sobre la responsabilidad penal.

Finalmente, el tribunal evaluó la conducta del acusado al momento del operativo y concluyó que su sorpresa o su posterior colaboración con los uniformados no alcanzaban para demostrar la ajenidad del objeto bélico. De esta manera, al ratificar la sentencia original que había impuesto el mínimo de la escala penal aplicable, quedó firme la condena de tres años y seis meses de cumplimiento efectivo por el delito de portación ilegal de arma de fuego en contexto de violencia familiar.

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