Piden tres años de prisión para un hombre que irrumpió armado en la casa de su expareja en Bariloche

Durante la audiencia de cesura en los tribunales locales, la Fiscalía remarcó el contexto de violencia de género y la situación de extrema vulnerabilidad de la víctima y sus dos hijos pequeños. La defensa, por su parte, solicitó la pena mínima de un año al alegar la falta de antecedentes penales del imputado.

Los tribunales de San Carlos de Bariloche fueron escenario este lunes de la audiencia de cesura en la que se debatió el monto de la pena que deberá cumplir un hombre ya declarado culpable por los delitos de amenazas calificadas por el uso de arma de fuego y violación de domicilio. El expediente reconstruye una violenta irrupción nocturna en la vivienda de su expareja, cuando la mujer dormía junto a sus dos hijos de corta edad, en un episodio que el Ministerio Público Fiscal encuadró taxativamente dentro de una dinámica de violencia de género y de sometimiento de control.

En su alegato ante el tribunal, el fiscal Lista solicitó la pena de tres años de prisión de cumplimiento en suspenso, argumentando la extrema gravedad del hecho. Según la acusación, el imputado ingresó de manera intempestiva y portando un casco colocado, para luego encañonar a la víctima con un arma de fuego cargada. Durante la exposición, la Fiscalía hizo especial hincapié en las condiciones del inmueble —una casilla de construcción precaria— para graficar la indefensión en la que se encontraban la mujer y los menores, al tiempo que recordó que el acusado ya había tenido que cumplir prisión preventiva tras violar medidas cautelares previas.

La postura de la defensa discurrió por carriles opuestos y se enfocó en atenuar el eventual castigo. Al solicitar el mínimo legal de un año de prisión, la representación técnica ponderó la carencia de antecedentes computables del acusado, respaldándose en testimonios que lo definieron como una persona de trabajo. En esa línea, la defensa cuestionó la configuración de un contexto sistemático de violencia de género y argumentó que las controversias inherentes al contacto con los menores deben canalizarse en el fuero de Familia, desestimando la gravedad asignada por la parte querellante.

La jornada no estuvo exenta de momentos de tensión formal cuando el juez Juan Martín Arroyo debió intervenir para apercibir a la defensa, solicitando que el acusado permaneciera despierto y prestara la debida atención al desarrollo del debate. Tras abstenerse el imputado de hacer uso de la palabra, el magistrado dio por cerrado el debate y comunicó que la sentencia integral —que articulará la declaración previa de responsabilidad penal con la sanción definitiva y las medidas de conducta solicitadas, entre ellas el monitoreo electrónico y la capacitación obligatoria en nuevas masculinidades— será notificada a las partes dentro de los plazos procesales vigentes.

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