Condenan a una florería de El Bolsón por despido injustificado y hostigamiento laboral a una empleada

La Cámara de Trabajo de Bariloche determinó que el comercio no pudo probar la “pérdida de confianza” invocada para echar a la trabajadora. El tribunal acreditó un ambiente de maltrato constante que le provocó un trastorno de ansiedad mientras se encontraba bajo licencia médica.

La Cámara del Trabajo de Bariloche condenó a una florería y vivero de la localidad de El Bolsón a indemnizar a una exempleada tras concluir que fue despedida de manera injustificada y en medio de un contexto de severo hostigamiento laboral. El tribunal rechazó el argumento de “pérdida de confianza” presentado por la parte empleadora para romper el vínculo contractual, dejando al descubierto a través de los testimonios y pericias presentadas un ambiente de trabajo hostil que derivó en el paulatino deterioro de la salud mental de la damnificada.

La trabajadora, quien ingresó a cumplir funciones en octubre de 2021 aunque fue registrada de manera tardía recién en mayo de 2022, realizaba tareas que excedían la atención al público, incluyendo la descarga de mercadería pesada, tareas de limpieza, armado de ramos y actualización de precios. La relación laboral se tensó drásticamente cuando la empresa intentó reducir su jornada de trabajo de forma unilateral. Tras la negativa de la empleada, comenzaron los episodios de presión constante, sanciones disciplinarias y descalificaciones que la llevaron a requerir asistencia psicológica y tomar una licencia médica que se encontraba vigente al momento de ser notificada de su despido.

Para fundar la sentencia, los magistrados otorgaron vital importancia a las declaraciones de excompañeras y testigos frecuentes del comercio, quienes confirmaron el clima de rigidez extrema que se vivía dentro del local, incluyendo la prohibición de consumir alimentos durante la jornada y presiones constantes por parte de los propietarios. Asimismo, una pericia psicológica oficial diagnosticó en la demanda un trastorno de ansiedad generalizada con incapacidad permanente de carácter irreversible, estableciendo un nexo de causalidad directo entre la patología y el entorno laboral violento en el que se desempeñaba.

A pesar de que la empresa sostuvo que la empleada simuló su condición de salud para abandonar el puesto con una compensación económica, la Cámara desestimó de plano esos argumentos por falta de sustento probatorio. En consecuencia, el tribunal declaró injustificado el despido, reconoció la antigüedad real desde 2021 y ordenó el pago de las indemnizaciones por antigüedad, preaviso, salarios adeudados e integración del mes de despido, aunque rechazó la figura de despido discriminatorio por no encuadrar de forma estricta en los supuestos de la ley vigente.

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