Tribunal laboral de Bariloche rechaza demanda millonaria y sanciona al abogado por reclamo excesivo

La Cámara del Trabajo de la ciudad cordillerana desestimó el reclamo indemnizatorio presentado por una empleada de comercio que exigía una cifra cercana a los 22 millones de pesos por presunto despido discriminatorio. Si bien el tribunal eximió a la trabajadora de afrontar los gastos del proceso, responsabilizó económicamente a su letrado patrocinante por incurrir en errores graves e injustificados al formular la pretensión económica.

El conflicto judicial se originó a partir de la desvinculación sin causa de una cajera que se desempeñaba en una reconocida cadena de supermercados, quien había cumplido tareas desde agosto de 2023 hasta marzo de 2025. Meses antes de finalizar el vínculo laboral, la empleada había sufrido una dolencia física en su hombro izquierdo vinculada a sus labores cotidianas, motivo por el cual recibió asistencia médica y cumplió licencias antes de obtener el alta para reincorporarse.

En su presentación judicial, la demandante sostuvo que su despido guardaba una relación directa con su estado de salud y reclamó una reparación agravada por supuesta discriminación, además de rubros indemnizatorios y un monto elevado en concepto de daño moral. Por su parte, la empresa empleadora argumentó que la decisión respondió a una reestructuración de personal por motivos operativos y presupuestarios al concluir la temporada turística, respaldando su postura con la documentación de otros despidos simultáneos.

Los magistrados intervinientes concluyeron que no existieron elementos probatorios suficientes para acreditar una conducta discriminatoria o persecutoria por parte de la firma comercial. La resolución detalló que la trabajadora contaba con el alta médica sin restricciones y que la decisión patronal de prescindir de sus servicios se encontraba justificada en razones operativas válidas, aplicando de este modo el régimen ordinario de desvinculación.

Al analizar los rubros monetarios reclamados en la demanda, el tribunal detectó incongruencias severas y errores inexcusables en la liquidación confeccionada por la defensa técnica. Entre las irregularidades señaladas figuran la inclusión de multas laborales derivadas de normas derogadas con anterioridad al despido y un cálculo erróneo del adicional por antigüedad, el cual se pretendió aplicar por encima de los porcentajes previstos en el convenio colectivo aplicable.

Ante este escenario, los jueces aplicaron la figura de la pluspetición inexcusable al considerar que los planteos económicos carecían de fundamento jurídico y constituían un exceso manifiesto en las pretensiones. Como consecuencia directa de estas deficiencias profesionales, la sentencia determinó que el abogado patrocinante deberá cargar con las costas procesales del juicio, liberando de dicha obligación económica a la trabajadora afectada.

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