La Justicia responsabilizó a un local bailable de Bariloche por las lesiones sufridas por un joven tras un incidente con el personal de seguridad
El fuero Civil interviniente aplicó la Ley de Defensa del Consumidor para atribuir responsabilidad objetiva a la firma comercial. La condena obliga al establecimiento a indemnizar al damnificado por el deber de seguridad omitido, las secuelas físicas permanentes y los meses de inactividad laboral.
El Poder Judicial de Río Negro condenó a la empresa Diversión Bariloche SRL, explotadora del local bailable Eclipse, a reparar económicamente a un joven que sufrió lesiones de consideración durante una salida nocturna. El hecho se desencadenó a partir de una discusión con el personal de control en el acceso al establecimiento, la cual derivó en una agresión física que le provocó al cliente un corte profundo en la pierna derecha.
A pesar de que las manifestaciones testificales no lograron identificar al autor material del impacto, el juez de la causa determinó que la falta de individualización del agresor no exime de responsabilidad al comercio. Bajo los preceptos de la normativa de Defensa del Consumidor, la magistratura remarcó que el organizador mantiene una obligación objetiva de seguridad respecto de los asistentes, resultando indudable el vínculo entre el episodio acontecido en el predio y las severas complicaciones médicas posteriores, que incluyeron una infección, una intervención quirúrgica con injerto de piel y una incapacidad permanente estimada entre el cinco y el seis por ciento.
El fallo judicial ordenó a la firma comercial el pago de un resarcimiento por los daños físicos y la pérdida de ingresos ocasionada durante los ocho meses en que el joven permaneció imposibilitado de trabajar. En tanto, la resolución liberó de cobertura a la compañía aseguradora Federación Patronal debido a una cláusula contractual que excluía expresamente los perjuicios causados por el personal de vigilancia. La sentencia dictada en primera instancia se encuentra sujeta a los plazos legales para su eventual apelación.
