Rechazaron el pedido de salidas transitorias formulado por la defensa de un condenado por homicidio en Bariloche

El juez de garantías determinó que la legislación procesal de Río Negro no autoriza el otorgamiento de beneficios progresivos mientras la condena no se encuentre firme. El imputado continuará alojado bajo prisión preventiva por riesgo de fuga.

La Justicia de Río Negro desestimó la solicitud de salidas transitorias presentada por la representación técnica de Mauricio Nicolás Báez, condenado a la pena de nueve años de prisión por el homicidio de Ricardo Herrera, hecho ocurrido en mayo de dos mil veintiuno en el barrio Arrayanes de San Carlos de Bariloche. La resolución fue dictada por el juez Juan Martín Arroyo tras la oposición formulada por el Ministerio Público Fiscal y la querella.

En su fundamento, el magistrado precisó que la normativa procesal y de ejecución vigente en la provincia reserva los beneficios de progresividad penitenciaria de forma exclusiva para aquellas personas que cuentan con sentencia firme. Si bien la defensa argumentó que el imputado había cumplido la mitad de la pena en el marco de una ejecución anticipada voluntaria otorgada por las autoridades del establecimiento carcelario y que registraba informes favorables del Consejo Correccional, la resolución remarcó que el ordenamiento provincial no contempla dicha figura administrativa como un habilitante automático para egresos sin custodia.

El tribunal fundamentó el rechazo en la vigencia de la prisión preventiva dictada oportunamente por peligro procesal de fuga, medida cautelar que resulta incompatible con la concesión de permisos de salida mientras el legajo judicial se encuentra pendiente de revisión ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. De esta manera, las autoridades judiciales ratificaron la continuidad de la detención preventiva del imputado en la unidad penal hasta tanto el fallo adquiera autoridad de cosa juzgada.

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